Obligatoriedad en la emisión de facturas de exportación electrónicas
Como parte de las medidas de apoyo a las empresas post crisis social en Chile, el SII ha extendido el plazo para la obligatoriedad de las empresas para sumarse a la emisión de facturas de EXPORTACIÓN en formato electrónico. Este plazo ha sido extendido desde el 1ro de noviembre del 2019 al 17 de enero de 2020.
El incumplimiento de esta obligación, a contar del próximo 17 de enero 2020, expone a las empresas a las sanciones indicadas en el Art. 97 N°10 del Código Tributario, es decir, multa de hasta 40 U.T.A. y posible clausura de hasta 20 días del local, sin perjuicio de las dificultades operativas para la tramitación de sus exportaciones. Las empresas que por razones sistémicas u otra situación justificable no puedan habilitar la factura electrónica de exportación a contar de la fecha señalada, deberán pedir una prórroga de la vigencia de la obligación directamente en la unidad correspondiente del SII.

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